jueves, 5 de abril de 2018

REIVINDICACIÓN JUSTA



En los Presupuestos Generales del Estado, que el gobierno pretende que le ayuden a aprobar, se incluye una subida de las pensiones mínimas y eso no es lo que se espera , no, no es eso. Eso es un parche,  un engaño efectista, y sin embargo si es una subida de pensiones, pero NO de todas las pensiones.

No es esa la respuesta que esperan los cientos de miles de pensionistas que se han manifestado en todas las ciudades de España, esa clase de medidas oportunistas, suenan bien, ¿a quién le va a molestar que se mejoren unas pensiones de 484,10 euros mensuales? No,  no le molesta a nadie, al contrario lo que nos gustaría es que se duplicara esa cantidad, como mínimo.

Pero la demanda de los pensionistas y de la sociedad en general va en otro sentido, de lo que se trata es de recuperar el derecho a la actualización de las pensiones  en función del desvío que haya sufrido en el transcurso de un año el Índice de Precios al Consumo, derecho perdido con los recortes provocados por la crisis económica ¿pasada?, que cada vez está más claro con qué fines fue provocada y en interés de quién o de quiénes. Los resultados están aquí y todo el mundo sabe quién ha salido ganando. ¡Qué ridícula queda ahora aquella excusa de que habíamos vivido por encima de nuestras posibilidades! Y qué poca vergüenza hay que tener para propagar ese discurso a los cuatro vientos hasta que la gente se lo creyera, sabiendo que al final iban a desmantelar el estado de bienestar, con tanto esfuerzo conseguido. Al final las clases trabajadoras y las clases medias en general han pagado el pato porque, hablando en castizo, no solo han salido “cornudas” sino también “apaleadas”.

Para que se entiendan mejor estas reivindicaciones de los pensionistas conviene que se conozca cómo va esto de las pensiones, a ver si puedo yo misma explicarlo de manera clara:
En el cálculo de una pensión intervienen varios  factores: las bases de cotización, los años cotizados y la edad de la persona que se va a jubilar, o bien, el grado de invalidez de quién pretende obtener pensión de incapacidad.

Actualizando las bases de cotización mediante un factor multiplicador obtenido de los  índices de precios al consumo de cada año y aplicando una complicada fórmula matemática se obtiene una base reguladora, a la que se aplicará un porcentaje determinado en función de los años cotizados o el grado de incapacidad en su caso. Así se obtiene una pensión inicial (PI) que será inamovible para el resto de su vida y será revalorizada anualmente, siendo asimismo la suma de las sucesivas revalorizaciones (SR)  parte de la pensión en el futuro, y por tanto también será intocable.  Las leyes que regulaban las revalorizaciones garantizaban que las pensiones subirían cada año según el desvío sufrido por el Índice de Precios al Consumo  (IPC), siempre que este fuera positivo. Pero llegó la crisis y el gobierno aprovechó la coyuntura para hacer su reforma, suprimiendo ese derecho en la Ley 23/2013, de 23 de diciembre, dejando la actualización de las pensiones en manos del criterio o conveniencia de los gobiernos cada año, lo que no es garantía en absoluto. Y la devolución de ese derecho es lo que está pidiendo la sociedad actualmente. Con la normativa actual las pensiones se quedan atrás en la evolución de la economía y cada vez se empobrecen más los pensionistas y eso no debemos de consentirlo, se nos debe mucho a los trabajadores de los últimos cuarenta años, tanto como haber costeado a toda la Seguridad Social con nuestras cuotas, qué menos que respetar nuestro bienestar.

Sabemos pues que una pensión se compone de Pensión Inicial más Suma de Revalorizaciones (PI +SR) y esta suma no puede ser inferior a una cuantía establecida cada año como Pensión Mínima para las de su clase por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado anuales, en las que se fija también el Salario Mínimo y, consecuentemente las Bases Mínimas de Cotización.
Cuando la suma de pensión inicial y las revalorizaciones acumuladas no alcance le pensión mínima establecida, se añade un complemento que la garantice. Este es el llamado Complemento por Mínimos. La pensión entonces se compone de tres factores: Pensión Inicial + Suma de Revalorizaciones + Complemento por Mínimos. Este complemento tiene carácter No Contributivo (no se ha pagado por él) y al contrario que la pensión inicial y las revalorizaciones, no tiene carácter consolidable, es incompatible con las rentas del pensionista y con otras pensiones, y además es absorbible por futuros ingresos, o sea que se puede perder  y hay que justificarlo año tras año.

Bueno, pues las pensiones que el gobierno anda pregonando que va subir lo más grande son estas que tienen complementos por mínimos,  y eso está bien, pero no es garantía de nada, se necesita contar con una actualización anual segura y para todos los pensionistas, como ha sido siempre. Y eso es lo que hay que exigir.

No hay comentarios:

Publicar un comentario